Además del bolsillo, las nuevas multas tocarán los puntos que tengas en el carnet. (Foto: Frepik)

Todas las multas que quitan puntos con la nueva ley de la DGT

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En este sentido, el proyecto de reforma para “Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial”, fue planteada por el Gobierno ante el Congreso de los Diputados hace un año. 

Después de debatirla a profundidad, el legislativo optó por la aprobación del texto definitivo, el 2 de diciembre de 2021.

Tras haberse cumplido tres meses luego de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el instrumento legal entra en vigor con 50 normas nuevas, con las cuales se endurece la penalidad hacia conductas de riesgo como adelantar ciclistas de manera indebida, estar al volante y manejar el móvil al mismo tiempo o no utilizar el cinturón de seguridad.

Objetivos de la nueva Ley

La Dirección General de Tráfico (DGT) ya ha anunciado que el propósito de la ley es alcanzar la disminución de siniestros en las carreteras, en una clara y decidida acción por mantener la seguridad de todos y cada uno de los ciudadanos. En este sentido, se ha hecho una reformulación de las pautas bajo las cuales se retiran los puntos del carné de conducir.

De igual manera, queda abolido el límite de 20 kilómetros por hora para adelantamientos en las carreteras secundarias y se penalizará con mayor gravedad a quienes no respeten la distancia de seguridad lateral de 1,5 metros respecto a los ciclistas, entre otras medidas.

Por otra parte, se incluye entre las sanciones graves arrojar por la ventanilla del automóvil colillas encendidas u otros objetos capaces de producir incendios o accidentes, además este tipo de acciones pueden llegar a ser consideradas como delitos.

Tabla actualizada de infracciones

La nueva Ley de Tráfico estipula tres niveles en lo que se refiere a la aplicación de multas y detracción de puntos del carné de conductor, según sea el nivel de gravedad de la falta cometida. Estas van desde los 6 hasta los tres puntos, dejando en dos el mínimo para las infracciones de velocidad.

La tabla actualizada de infracciones queda de la forma siguiente:

Detracciones de 6 puntos

Están consideradas como infracciones muy graves e incluyen los supuestos de superación del límite de velocidad, manejo del móvil mientras se conduce, adelantamiento incorrecto de ciclistas, arrojar objetos peligrosos a las vías y sus inmediaciones, circular en sentido contrario o por carriles prohibidos y tener una tasa de alcoholemia entre 0,50 mg/l y 0,60 mg/l.

Resta de 4 puntos

Se estiman como sanciones graves y abarcan los casos de no respetar un semáforo en rojo o a una señal de alto, desacato del uso de cinturón de seguridad, casco de protección o Sistema de Retención Infantil (SRI), infringir la distancia de seguridad con el vehículo que transita adelante y poseer una tasa de alcoholemia entre 0,26 mg/l y 0,50 mg/l.

Eliminación de 3 puntos

Se trata de las sanciones más leves que aplica la DGT y contemplan el llevar instalados detectores de radar (aun cuando no se esté utilizando), cambiar de sentido en lugares prohibidos (vías rápidas, túneles o pasos a nivel), manipular el móvil en un soporte para utilizar navegadores y hacer uso de auriculares mientras se conduce.
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